La leche como derecho del neonato mamífero -y primeros apuntes sobre los derechos

Pública

La leche como derecho del neonato mamífero.

¿Cómo no voy a sacar a relucir mis conocimientos previos? Si patino pues patino. Conocimientos previos sobre los derechos, «derecho» es necesidad. Yo tengo derecho porque en mí existe esa necesidad imperiosa. «Derecho» es, también, correspondencia. Tengo derecho a tal o cual bien («bien» llaman en derecho a las cosas necesitadas) porque me corresponde; hay algo en el bien que, de algún modo, me llama a mí para él. Ambas características se reúnen a la perfección en la leche, algo que (no podía ser de otra manera) la cultura patriarcal no ha tocado.

  • El recién nacido tiene una necesidad imperiosa de leche.
  • La leche le corresponde porque está en el pecho de su madre como consecuencia de que él ha estado en su seno.

¿Se puede extrapolar este derecho del mamífero a la leche a otras situaciones, y darle nombre a este derecho? Tal vez sí. Hay muchas necesidades imperiosas que implican que tiene que haber un derecho, y muchos bienes que parece que están destinados por nosotros mismos a satisfacerlos.

  • El ser humano tiene necesidad de comida, cobijo […]
  • La comida y el cobijo le corresponden por herencia. El mundo natural es inaccesible al ser humano como tal (el ser humano no es una rana que cace moscas al vuelo, es totalmente inútil sin la herencia técnica de sus congéneres). El mundo humano es resultado de los avances técnicos, que son resultado de los esfuerzos de todos, y por tanto cada ser humano que nace hereda la Tierra.

Las necesidades están estudiadas en Len Doyal e Ian Gough, que vamos a estudiar en el máster, así que puedo respirar tranquila y ponerme a resumir materiales. Y respecto a heredar la Tierra, ya sé que no se me dirá que he heredado la Tierra, pero tengo la absoluta certeza de que la he heredado con todo derecho, como humana que soy.

El individuo como carne

Desde mi no saber iluminado por la falta de doctrina, concibo al sujeto del derecho no como «individuo» (término de la modernidad que ha sido superado y suena a ecuación o a ensayo o a liberalismo ingenuo) sino como carne. Y, por eso, otra vez ilustro un pensamiento sobre derecho con carne. Esta vez, la de la cara de un recién nacido. Porque es la carne el sujeto de necesidad, es la carne el sujeto de derechos, no la mente. No «la iniciativa», sino el llanto. [Como me pasa siempre: ahora que estoy fuera, me siento más artista que nunca, y defiendo el cuerpo a muerte.]

Bischofberger U (3025) Google Maps, ¡no tienes calle de los miriápodos!

Apuntes

José Manuel Rodríguez Uribes (2015) Cap. 5. Derechos fundamentales en Gregorio Peces-Barba, Justicia y Derecho (la utopía posible) Sobre su fundamento: entre la dignidad humana y los valores superiores. Suicidio, eutanasia, aborto y otros casos especiales.

El capítulo presenta el pensamiento del jurista, político, padre de la Constitución Española y rector de la UC3M Gregorio Peces-Barba en torno, fundamentalmente, al concepto de dignidad, y en relación con los valores de libertad, igualdad, solidaridad y seguridad. Aborda desde su postura en temas muy concretos (suicidio, eutanasia, maltrato a animales, lanzamiento de enanos) hasta su visión del mundo y su evolución intelectual. En mi humilde opinión, su relevancia consiste en que despliega los posicionamientos de una persona ilustrada, posicionamientos que pueden ser un modelo para todos, sea cual sea nuestro color político, los que nos queremos apartar de la barbarie.   

Libertad con igualdad, matizadas por solidaridad y en el marco de la seguridad jurídica, todo ello dentro del gobierno de las leyes, el imperio de la constitución. No se encuentra la justicia porque se entiende como sinónimo de ética pública (poder y Derecho)
y como valor que integra otros valores y se define a través de ellos. Justicia: garantiza derechos sociales. El concepto de seguridad es formal y también material en el marco del Estado social, que incluye satisfacción de necesidades básicas en el combate contra la desigualdad.

Se aproxima al concepto de dignidad para dibujar el concepto y tomar partido (Norberto Bobbio, La teoría pura del Derecho y sus críticos). Desarrollo máximo de la dignidad: derechos como garantía para una paz justa, contra el abuso, para la igualdad, hacia la autonomía moral, y todo ello dentro de un posicionamiento político, una filosofía política y visión del mundo.

ALGUNOS ASPECTOS DE SU PENSAMIENTO

– Concepto de los derechos a partir de elementos de Teoría del Derecho y Derecho constitucional, razón y compromiso político.
– Se fundamenta en filosofía y en ideología. Humanismo filosófico, racionalista y laico. Socialismo democrático, desarrollo igualitario, humanizado y efectivo.
– Analiza las negaciones o críticas a los derechos fundamentales:
– Modelos reduccionistas. Iusnaturalista, iuspositivista, realista.
– Visión parcial o incompleta: Liberalismo conservador o doctrinario.
– Negaciones: pensamiento reaccionario antimoderno y comunismo (“coartada de una burguesía que los va a utilizar para mantener el statu quo y para evitar la emancipación real de todas las personas”).

– Posicionamiento religioso: combate con la Conferencia Episcopal Española, contra sus “pretensiones de imponer una ética privada como ética pública, de tratar a todos los ciudadanos como si fueran creyentes o menores de edad, de invadir o anular su privacidad, su intimidad y su autonomía moral”. Avanzó hacia un pensamiento plenamente laico.

– Dignidad humana como referente moral último. Óptica secularizada, racionalista y kantiana. Hombre centro del mundo centrado en el mundo. Limitación de la noción de dignidad humana “que recorre al humanismo clásico, moderno y contemporáneo. Implica la prohibición de causar daño a terceros o incluso a uno mismo, encuentra su límite en la libertad de los demás”. Comprensión abierta y laica de la dignidad humana en clave de libertad y autonomía.

– Ética pública de la modernidad. Democracia basada en la cultura liberal y republicana, que no se agota en la democracia representativa. Utopía llena de contenidos normativos (derechos humanos).

Fundamento de los derechos humanos: ético. Visión humanista secularizada de la dignidad.
Dignidad: contenido cognoscible, evidente, objetivo, universal y absoluto en sus mínimos, no negociable. Sentido último: favorecer la autonomía moral de las personas, lo cual es el núcleo principal de la noción de dignidad humana. Dignidad: le da la singularidad frente a los animales, y se relaciona en especial con la libertad.

SUICIDIO

El gran asunto del suicicio se resuelve mediante un deber con la vida como un don o como un rasgo de humanidad del que no se puede disponer sin afectar a la propia dignidad. “La titularidad del derecho a la vida no incluye su disponibilidad (la libertad para disponer de ella) cuando se trata del suicidio, porque la práctica de éste impide el ejercicio de aquella, y no puede haber un ejercicio que suponga la destrucción del propio derecho. Reconocimiento y reciprocidad son dos implicaciones normativas de la idea de dignidad.
El suicidio es un hecho pero no un derecho, y menos una dimensión del derecho a la vida. [Nota: no puedo estar de acuerdo con esta visión, que contraviene hechos científicos de reciente descubrimiento.]

EUTANASIA

Eutanasia vinculada a la idea de muerte digna. Frente a la muerte segura o la incapacidad irreversible y grave. Frente a una situación indigna, según su criterio y decisión.

LANZAMIENTO DE ENANOS

La libertad del individuo cede frente a su dignidad: no sufrir daño, no ser objeto de una situación de indignidad, todavía más si proviene de otro, un acto de desprecio, trato hostil, discriminación o desigualdad.
Daño: objetivo, evidente, grave, irreversible.
Situación de partida: de debilidad, desventaja, inferioridad que estigmatiza o condiciona la autonomía.

Consecuencia: prohibición de la conducta.

MALTRATO ANIMAL

Coloca en posición de indignidad a quien lo practica. Prácticas no admisibles por autodestructivas o estigmatizadoras con uno mismo, con los iguales y también con no humanos.

Ponderación: principio ético para evitar soluciones abusivas.

OTRAS CUESTIONES que aborda desde el referente de la dignidad humana.

Se sitúa a favor del aborto, la eutanasia, la investigación biomédica, matrimonio homosexual y adopción dentro del mismo. Que la seguridad no sirva para violar derechos fundamentales de los acusados de delitos de terrorismo. Prohibición de la tortura. Abolición de la pena de muerte.

La disensión como rasgo de dignidad, el pluralismo, la libertad de expresión, la desobediencia civil. Libertad de expresión: con su apariencia de rebeldía representa en realidad un modo de defender el sistema constitucional de derechos y libertades.

LEGITIMACIÓN DE LA DESOBEDIENCIA

VISIÓN GENERAL

Justicia como ética pública que necesita del poder y del Derecho a partir de una noción abierta de dignidad humana. Sistema ético, político y jurídico en el que los derechos humanos sean el centro. Recurso a la dignidad sustentada por la libertad, igualdad, solidaridad y seguridad.

Defensa de la fraternidad, la amistad, la cooperación, la simpatía frente a la misantropía y a la dialéctica amigo-enemigo. Humanismo de izquierdas con el sueño de la España civil como ideal de la actual España democrática. Visión amplia, cosmopolita de la identidad nacional. Valores se despliegan en derechos fundamentales, a partir de ellos se concretan poderes y libertades. Núcleo de la ética pública política y jurídica, que aglutina en torno al proyecto político democrático y configura su idea de poder.

Dignidad: prepolítica y prejurídica, objetivo último de “una sociedad bien ordenada, justa”.

Referentes

Por último, y para todo aquel preocupado por lo que podemos llegar a ser como humanidad en curso que somos, para el zoon politikon, he aquí los referentes de un intelectual del campo del Derecho en el siglo pasado.

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